- La Real Federación Española de Tiro Olímpico (en adelante RFEDTO) por vía de
hecho no está permitiendo el alta y la inscripción en competiciones de dicha Real
Federación, en contra de la Ley del Deporte, a los Clubes de Tiro de la
Comunidad de Madrid, en contra de lo establecido en la vigente Ley del Deporte,
circunstancia que se puso en conocimiento por la Federación Madrileña de Tiro
Olímpico (en adelante FMTO) en reiterados escritos de los días 13 y 21 de Enero
de 2020, ante la Dirección General y Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, haciendo hincapié el perjuicio que se está produciendo a los Clubes,
socios y tiradores federados en el ámbito nacional, y teniendo estos
posibilidades de clasificación en competiciones internacionales y para la
obtención de plaza olímpica. - Estando la FMTO desintegrada de la RFEDTO, y recurrida dicha decisión y
pendiente de Resolución por la Audiencia Nacional se creó por esta última una
denominada Sección de Madrid en el año 2019, donde se inscribían todos los
tiradores y Clubes de la Comunidad de Madrid, Sección no contemplada en los
Estatutos y Reglamentos de la RFEDTO, cuando lo que se podía constituir es una
Delegación Territorial, como lo contemplan la vigente Ley del Deporte y los
Estatutos de la RFEDTO. - En la página web de dicha sección se da una aclaración en cuanto a los pasos de
seguir para dar de alta a un Club de la Comunidad de Madrid donde se indica:
PREGUNTAS FRECUENTES – LICENCIA OFICIAL RFEDETO EN LA COMUNIDAD DE MADRID ¿Si
soy un Club con domicilio en la Comunidad de Madrid qué debo hacer? Para que puede
realizar actividad nacional reconocida por la RFEDETO deberá inscribirse en la RFEDETO
abonar la tasa de club y todos sus tiradores deberán obtener la licencia federativa reconocida
por la RFEDETO. - Los reiterados incumplimientos por vía de hecho, y hasta la fecha con el
beneplácito del Consejo Superior de Deportes, se están realizando por la
RFEDTO de no admitir el Alta de los Clubes en la Sección de Madrid, y en
consecuencia no admitir la participación como el año pasado, solo puede llevar a
la conclusión, que quieren eliminar a los Clubes del Censo Electoral, de cara al
Proceso de elección de la Asamblea de la RFEDTO, en el presente año,
ofreciendo incluso que se den de alta por otra Federación Autonómica, lo cual a
su vez representa una infracción de la Legislación autonómica de la
correspondiente Federación Autonómica. - En esta situación concursal de la RFEDTO, se ha lanzado a aprobar en las
Asambleas un Calendario extenso de competiciones, donde gran número de ellas
no las organiza la propia RFEDTO, incumpliendo la función delegada de
organizar el marco de competiciones, y lo más grave sin aprobar Normativa que
regule ese marco de competiciones, lo cual es de una total irresponsabilidad ya
que en caso de accidente deportivo, al no existir normativa de organización y
participación el seguro deportivo obligatorio se podría negar atender el
accidente. - Los Clubes a su solicitud de inscripción en la Sección de Madrid, y de cara a la
participación en competiciones oficiales no reciben contestación de la RFEDTO,
y en concreto de su Presidente D. MIGUEL FRANCES PUMARADA, al que se le
pide cita o se intenta hablar con él, y parece como huido o desaparecido, desde
que se tuvo conocimiento de las Diligencias que se cursan en el Juzgado de
Instrucción no 3 de Oviedo, a partir de denuncia sobre la posible comisión de
graves delitos por éste. - Nuestra Viceconsejeria de Deportes y su Dirección General de Infraestructuras y
Programas de Actividad Física y Deporte, ha tenido cumplida cuenta de esta
situación y actuaciones, y nos ha mostrado su total apoyo y colaboración. - Se sigue en contacto con la Subdirección General de Régimen Jurídico del
Consejo Superior de Deportes diariamente por teléfono, con la información que
está en tramitación nuestra petición de actuar por el Consejo Superior de
Deportes como órgano Delegante de las competencias en la RFEDTO sobre el
Marco General de Competiciones, y en concreto la situación de infracción legal
de no permitir la participación de los Clubes de la Comunidad de Madrid, lo que
crea una total indefensión y desamparo de los mismos. - Como quiera que urge una actuación rápida por el Consejo Superior y que
después de 10 días no se ha producido la más mínima actuación que conste, se
ha dado instrucciones a los Servicios Jurídicos para que emprendan las
acciones oportunas, teniendo en cuenta que el día 30 comienza la primera
Competición nacional donde tienen derecho a participar los Clubes. - Ante la falta de contestación y actuación del Consejo Superior de Deportes, de
no restablecer el derecho de los Clubes y sus socios a participar en las
Competiciones Nacionales, se emprenderán acciones por la FMTO y sus Clubes,
de poner en conocimiento público la actual situación en Competiciones y ante
las sede de los Organismos Competentes.
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